La joven se defendió de una primera agresión, por lo que el sujeto regresó y la despojó de su celular
La víctima logró pedir ayuda y el agresor fue detenido
En la colonia Condesa, en la Ciudad de México, un sujeto fue detenido este jueves luego de que le levantara la falda a una joven, le realizara tocamientos y le robara su celular.
Se trata de un hombre de 28 años, el cual agredió a una joven de 19 años mientras caminada por la calle.
De acuerdo con una publicación de Noticieros Televisa, la víctima asegura que el sujeto pasó en bicicleta, le tocó un glúteo y le levantó la falda, pero ella alcanzó a reaccionar y lo empujó, por lo que éste cayó de la bicicleta.
Ante la acción de la joven, el sujeto se molestó y regresó, le quitó su celular, la volvió a tocar y escapó.
La víctima aprovechó que una patrulla del Sector Roma pasaba por el lugar, por lo que reportó el hecho a los policías, quienes detuvieron al agresor en la esquina de Sombrerete y Patriotismo.
El hombre fue presentado al Ministerio Público de la Coordinación Cuauhtémoc Dos, acusado de robo y abuso sexual.
En tanto la joven fue atendida por crisis nerviosa.
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Ante este tipo de situaciones, el pleno del Senado de la República aprobó el pasado 20 de abril una reforma que define con precisión la diferencia entre hostigamiento y acoso sexual, en el artículo 13 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Determinaron que el hostigamiento sexual es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral, escolar, docente, doméstico o cualquier otro en el que exista subordinación.
Este puede ser expresado a través de conductas verbales, físicas o ambas, independientemente de que se realice en uno o varios eventos relacionados con la sexualidad de connotación lasciva.
En tanto, el acoso sexual es una forma violenta de abuso de poder, en el que se percibe un ambiente hostil que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima.
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Además, el Código Penal de la Ciudad de México, ha sido reformado para que todo aquel que tome fotografías o video de índole sexual a otras personas sin su consentimiento pueda ser sancionado con penas que van uno a tres años de prisión.
La Asamblea Legislativa de la Ciudad de México decidió reformar los artículos 17 BIS y 179 del Código Penal, para que considerara como “conductas de naturaleza sexual indeseable” el solicitar favores sexuales para sí o para una tercera persona, además de fabricar, imprimir, grabar, transportar, exhibir, vender, reproducir o hacer circular por cualquier medio, imágenes, libros, revistas, escritos, fotografías, carteles, videograbaciones con contenido sexual.
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