Telcel podría solicita un amparo directo ante un tribunal colegiado de circuito para impugnar la sentencia
La demanda fue interpuesta por Total Play junto con otras empresas del sector telecomunicaciones, en 2014
Un tribunal federal resolvió que Telcel tendrá que resarcir los daños que causó a sus competidoras por prácticas monopólicas en las que incurrió de 2006 a 2012.
El pasado 13 de septiembre, el magistrado del Tercer Tribunal Unitario Civil, Manuel Suárez Fragoso, declaró fundada la demanda que presentó Total Play junto con otras empresas del sector telecomunicaciones, en 2014.
Según la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), las personas o empresas afectadas por prácticas monopólicas pueden reclamar el pago de daños o perjuicios, por la vía civil, informó Reforma.
“La cantidad a pagar por concepto de daño será la diferencia entre el costo que unilateralmente fijó la demandada, derivado de su poder sustancial en el mercado, y las cantidades que efectivamente pagaron las actoras por el servicio de interconexión, por la terminación de llamadas, durante la duración de la práctica, que fue del 29 de junio de 2006 al 30 de abril 2012”, resolvió el magistrado.
El monto final que Telcel tendrá que pagar se fijará en un incidente posterior, mismo que se tramitará ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil.
Por su parte, la empresa propiedad de Carlos Slim podría solicitar un amparo directo ante un tribunal colegiado de circuito para impugnar esta sentencia.
Cabe destacar que no es la primera vez que Telcel es amonestada por este tipo de prácticas, en 2011, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) le impuso una multa de 11 mil 989 millones de pesos.
Pese a que la multa fue “perdonada” posteriormente por la Cofece, luego que la empresa de telefonía asumió varios compromisos con los que estimuló la competencia, Suárez Fragoso rechazó que con ello se hubiera eliminado la conclusión de que existió una práctica monopólica ilícita.
“No se advierte que la autoridad (Cofece) hubiera concluido que no existió la práctica monopólica; por el contrario, examinó los compromisos de la infractora y los consideró viables para que no se siguiera con la práctica monopólica o se dejara sin efectos, con la consecuencia de restaurar el proceso de libre competencia”, afirmó el Magistrado.
Además, enfatizó que, para solicitar un pago de daños, no era necesario que Total Play ni las demás empresas demandantes, cuyos nombres se desconocen, fueran parte del grupo que denunció las prácticas monopólicas ante Cofece.
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