Hasta el momento, el proyecto no aparece en la cartera vigente de Hacienda
El único proyecto similar al Tren Maya registrado en la SHCP es el Tren Transísmico, mismo que se presentó en abril de 2017 por la ARTF
Para que el proyecto del el Tren Maya reciba recursos presupuestales en 2019 debe estar registrado en la Cartera de Proyectos de Inversión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), pero para esta inscripción se requiere de un análisis de costo-beneficio que sea avalado por un experto independiente.
Sin embargo, hasta el momento, el proyecto no aparece en la cartera vigente de Hacienda, pese a que el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, anunció que en diciembre ya se licitará la obra, de la que ya se preparan las bases, y en la que se invertirán inicialmente 16 mil millones de pesos.
Cabe destacar que el único proyecto similar al Tren Maya registrado en la SHCP es el Tren Transísmico, mismo que se presentó en abril de 2017, por la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF), la cual solicitó 30.8 millones de pesos para estudios previos a dicha inversión.
En esta obra estaban planeadas la rehabilitación de las líneas existentes de Chiapas y Mayab, las cuales se conectarían con una línea que pasaría por Veracruz para llegar a Salina Cruz, Oaxaca, una ruta muy distinta a la que planea el próximo gobierno federal.
Para decidir el destino del Tren Transísmico se requerían estudios de movilidad, demanda, topográficos, financieros, de mecánica de suelos, legales y de mercado, informó Reforma.
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En este sentido, y tratándose de proyectos de inversión, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria ordena que las dependencias tienen que cumplir con varios requisitos como:
“Presentar a SHCP la evaluación costo y beneficio de los programas y proyectos de inversión que tengan a su cargo, en donde se muestre que dichos programas y proyectos son susceptibles de generar, en cada caso, un beneficio social neto bajo supuestos razonables”.
“La SHCP, en los términos que establezca el reglamento, podrá solicitar a las dependencias y entidades que dicha evaluación esté dictaminada por un experto independiente“.
La ley también establece en su artículo 34 que “sólo los programas y proyectos de inversión registrados en la cartera se podrán incluir en el proyecto de Presupuesto de Egresos. La Secretaría podrá negar o cancelar el registro si un programa o proyecto de inversión no cumple con las disposiciones aplicables”.
Además, una vez registrados en cartera, los proyectos serán analizados por la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, la cual decidirá la prelación para ser incluidos en el Presupuesto de Egresos y el orden de ejecución con el objetivo de maximizar el beneficio social.
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