Para determinar el pago, se deberá tomar en cuenta el salario del trabajador
La Profedet dio a conocer que los trabajadores que sufran de un riesgo en sus empleos tienen derecho a seis prestaciones, como asistencia médica, hospitalización, medicamentos y aparatos médicos, de ser necesario
Todos los trabajadores que sufrieron un accidente o enfermedad gracias a su empleo, están en “riesgo de trabajo” y según la gravedad de las complicaciones, el patrón está obligado a pagarte una indemnización por incapacidad temporal o permanente a través del IMSS.
Debido a esto, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (Profedet) dio a conocer una serie de recomendaciones para los trabajadores que se encuentren en un posible riesgo de trabajo.
Esta dependencia federal aseguró que lo primero que deben hacer los trabajadores es saber que una enfermedad o accidente puede producir incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, incapacidad permanente total o la muerte.
Además, informaron que los trabajadores que sufran de un riesgo en sus empleos tienen derecho a seis prestaciones: asistencia médica y quirúrgica; rehabilitación; hospitalización, cuando el caso lo requiera; medicamentos y material de curación; los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios; y la indemnización fijada por las leyes.
Sin embargo, no todos los trabajadores tienen conocimiento pleno de cómo se debe calcular el pago de las incapacidades y por ende desconocen cuándo dinero deberán recibir por parte de sus patrones.
Señalan que para determinar el monto de las indemnizaciones se debe tomar como base el salario diario que recibe el trabajador al momento en el que ocurra el accidente, además de los aumentos posteriores que correspondan al empleo que desempeñaba, hasta que se determine el grado de la incapacidad.
Para esto, debes tomar en cuenta que lo que te paguen sea la cantidad que tomen como base para el pago de tu indemnización no sea inferior al salario mínimo.
El pago que debe recibir un trabajador en caso de incapacidad permanente parcial o total, tiene que ser íntegro, sin que se haga deducción de los salarios que se percibieron durante el periodo de incapacidad temporal.
Para Gabriel Aranda, consultor en seguridad social, la incapacidad temporal se deberá pagar el 100 por ciento del salario vigente del trabajador hasta por 52 semanas y para el caso de incapacidad permanente, el empleado tendrá que recibir el pago de una pensión mensual o indemnización global, dependiendo de la valuación de la enfermedad o accidente.
Para Aranda, todos los empleados que resulten afectados por los riesgos de trabajo, tendrán que someterse a exámenes médicos que ordene el IMSS, además de tratamientos especializados que sean indicados por los doctores.
“En todos los casos, al tratarse de accidentes o enfermedades profesionales, estamos ante tres protagonistas: el trabajador, el patrón y la institución de seguridad social como el IMSS, siendo éste último el héroe o villano, ya que es el personal médico el que hace las valuaciones y los dictámenes, los cuales pueden ser impugnados por los trabajadores ante la Junta de Conciliación y Arbitraje”, explicó el especialista.
Para finalizar, aseguró que el Seguro Social y el patrón tendrán que determinar la calificación del accidente o la enfermedad, por lo que el trabajador deberá estar al pendiente, ya que existe la posibilidad de que el patrón desconozca el riesgo de trabajo y dejarlo sin pago de indemnización.
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