El dictamen establece que es posible hacer señalamientos sobre personajes públicos
El día de hoy la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió a la periodista Carmen Aristegui el amparo interpuesto para que la libertad de expresión prevalezca sobre los derechos de la personalidad.
La Corte resolvió en favor de la comunicadora y determinó que las “opiniones que impacten en el interés público se puede justificar que la libertad de expresión prevalezca frente a los derechos de la personalidad de los involucrados”.
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Para justificar su decisión, explicó que es necesario que el debate de los temas públicos sea desinhibido, robusto y abierto, lo cual no puede dejar fuera los ataques a personajes de la esfera pública.
Se aseguró que la discusión de temas de interés ciudadano pueden incluir expresiones como “ataques vehementes, cáusticos y mordaces sobre personajes públicos”, siempre y cuando no se incurra en “expresiones vejatorias, ofensivas u oprobiosas” que menosprecien a la persona o la vejen de manera injustificada.
Según una nota de SDP noticias, el amparo promovido por la periodista guarda relación con el prólogo escrito para el libro “La Casa Blanca de Peña Nieto”, en donde se hace alusión a Joaquín Vargas Guajardo, propietario de MVS, quien interpuso un juicio por daño moral en su contra.
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