La mujer rarámuri no aprueba la transfusión sanguínea por sus creencias religiosas
El DIF de Chihuhua tomó la tutela temporal de la menor para decidir sobre su salud
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará el amparo concedido a una mujer rarámuri, perteneciente a los Testigos de Jehová, para que su hija enferma de leucemia mejore sin necesidad de una transfusión sanguínea.
El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea será quien estudie la decisión del DIF de Chihuahua de tomar la tutela de la menor durante el tiempo de su tratamiento para poder tomar decisiones sobre su salud.
La mujer rarámuri describe en el amparo que la Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes del estado de Chihuahua cometió discriminación en su contra por su origen étnico y creencias religiosas, al prohibirle tomar decisiones respecto a la salud de su hija.
¿Por qué los testigos de Jehová no aceptan transfusiones de sangre?
El DIF tiene la tutela provisional de la menor, solo para tomar decisiones respecto a los tratamientos médicos que debe seguir para combatir la leucemia, ya que por motivos religiosos, la madre de la niña no autorizó la transfusión de sangre.
Por esta razón, el Juzgado Octavo de Distrito de Chihuahua amparó a la mujer rarámuri para que, siempre y cuando no exista más opción en el tratamiento, su hija no pueda recibir una transfusión sanguínea.
El juzgado calificó de discriminatoria la tutela que asumió el DIF para tomar las decisiones sobre la salud de la niña.
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