Ocurrió hace casi dos años: 22 personas fueron ejecutadas por miembros del Ejército Mexicano en Tlatlaya, Estado de México. Entre contradicciones, el gobierno ha intentado mantener a toda costa su versión oficial de un enfrentamiento y organizaciones sociales alertan sobre la posibilidad de que el caso quede impune, al revelarse que los militares inculpados fueron exonerados por un tribunal castrense.
Sin embargo, Tlatlaya no se olvida ni se debe de olvidar hasta que haya justicia. He aquí las razones:
1.- Fue una matanza, no un enfrentamiento
El 30 de junio de 2014, supuestamente producto de un enfrentamiento entre presuntos delincuentes y elementos del Ejército mexicano, en San Pedro El Limón, municipio de Tlatlaya, Estado de México, cayeron abatidas 22 personas. En la versión oficial, la Secretaria de la Defensa Nacional (Sedena), sostuvo que los “presuntos delincuentes” atacaron primero a los militares que patrullaban la zona, y que hubo un enfrentamiento entre ambos bandos; derivado de ello, los miembros del ejército mataron a todos. Un día después el 1 de julio Eruviel Ávila afirmó: “el ejército en legítima defensa abatió a los delincuentes”.
Según la Procuraduría General de la República (PGR) elementos del Ejército ejecutaron a 8 de los 22 fallecidos esa madrugada. No obstante, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) asegura que fueron 15. Más contradicciones se sumaron, de acuerdo con la PGR, fueron tres militares los que entraron a la bodega para ejecutar a algunos de los heridos después del enfrentamiento; pero de acuerdo con la CNDH fueron ocho soldados.
Aún con esas contradicciones, se empezaba a creer la versión oficial y parecía un caso cerrado; no obstante, casi dos meses y medio después, la revista Esquire México y la agencia The Associated Press publicaron el testimonio de una mujer que presenció los hechos. En la nota publicada por Pablo Ferri Tórtola para Esquire, Julia, la testigo aseguró: “Ellos (los soldados) decían que se rindieran y los muchachos decían que les perdonaran la vida. Entonces (los soldados) dijeron ‘¿no que muy machitos, hijos de su puta madre? ¿No que muy machitos?’. Así les decían los militares cuando ellos salieron (de la bodega). Todos salieron. Se rindieron, definitivamente se rindieron. (…) Entonces les preguntaban cómo se llamaban y los herían, no los mataban. Yo decía que no lo hicieran, que no lo hicieran, y ellos decían que ‘esos perros no merecen vivir’. (…) Luego los paraban así en hilera y los mataban. (…) Estaba un lamento muy grande en la bodega, se escuchaban los quejidos”.
2.- Abatir sí es matar
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez insistió en que la PGR investigue la orden militar de “abatir delincuentes en horas de la oscuridad”. Aunque en principio el gobierno federal argumentó que el término “abatir” no significaba “matar”, la organización retomó un video de la operación Cisne Negro, en la que marinos intentan capturar a Joaquín Guzmán Loera, donde se escucha que uno de los elementos indica: “tenemos tres masculinos, uno abatido…”.
3.- Crimen de Estado
El terrorismo de Estado consiste en la utilización de métodos ilegítimos por parte de un gobierno orientados a inducir el miedo o terror en la población civil para alcanzar sus objetivos. En el caso de Tlataya, Las instrucciones de la autoridad a través de su cadena de mando aportan elementos suficientes para calificar los hechos como “del Estado”. Asimismo, por el simple hecho de que los actos descritos como ilícitos se hayan cometido por un sujeto en ejercicio y condición de autoridad es suficiente para para adjudicar responsabilidad al Estado entendido en su totalidad.
En cuanto a los hechos, estos atentan contra lo establecido en tratados internacionales. La privación arbitraria de la vida se considera ilícita conforme al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), en su artículo 6.1 así como en la Convención Americana de Derechos Humanos.
De acuerdo con el Relator sobre Ejecuciones Extrajudiciales de la ONU, Christoph Heynes, esta matanza deber ser indagada cabalmente dado que “las órdenes de oficiales encargados de hacer cumplir la ley nunca pueden consistir en salir y matar criminales, deben consistir en arrestar, y sólo si se prueba necesario, el uso de la fuerza debe ser el mínimo necesario”.
4.- Total impunidad
En su momento, la Procuraduría General de la República ‘‘cumplimentó’’ órdenes de aprehensión contra siete elementos de tropa acusados de diversos delitos, tres de esos militares específicamente acusados de homicidio calificado. Sin embargo, el 15 de octubre del año pasado el Juzgado Sexto Militar absolvió a seis de los siete militares, en tanto que al séptimo de los acusados lo condenó a un año de prisión por desobediencia, pena que ya fue purgada.
Además, y pese a las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas, nunca se investigó a las autoridades responsables de la orden. Frente al riesgo de negación de justicia, diversas organizaciones pro derechos humanos reiteraron la urgencia de que “se investigue la responsabilidad por la emisión de una orden que instruyó a abatir delincuentes”
El Centro Prodh solicitó que los mandos miliares a cargo de emitir y supervisar dicha orden fueran citados a declarar a fin de deslindar responsabilidades por cadena de mando. Sin embargo, tras nueve meses la PGR no ha citado a ningún mando, eludiendo así sus deberes y negando un ejercicio elemental de rendición de cuentas.
5.- Opacidad
En un comunicado firmado por la organización no gubernamental (ONG) Centro Prodh y 15 asociaciones más, detalló que la víctima Clara Gómez González, madre de una niña muerta en el tiroteo, tuvo acceso al expediente luego de promover un juicio de amparo diverso y acusó “opacidad” en torno al caso, pues la sentencia no se hizo pública.
En cuanto a la CNDH, los firmantes del comunicado denunciaron que “perpetúa la opacidad del caso”, toda vez que el organismo presidido por Luis Raúl González Pérez “negó a la víctima Clara Gómez González la versión íntegra del expediente de seguimiento a la Recomendación 51/2014, argumentando que la Sedena había calificado información del expediente como reservada, en contra de la calificación del expediente hecha por el ombudsman anteriormente”.
6.- “Hasta las últimas consecuencias”
“Se presenta este caso, que por supuesto no justifica de ninguna manera la actuación de algunos miembros del Ejército y que por eso se quiere llegar a las últimas, hasta las últimas consecuencias me refiero a la investigación para que quede aclarado y para que sigamos en este proceso de regresar la tranquilidad a todas las familias mexicanas”, refirió Miguel ángel Osorio Chong en octubre de 2014. Sin embargo, dos años después, no se ha cumplido lo dicho.
Existen procesos judiciales pendientes de resolver, como el juicio en el ámbito civil que se sigue contra tres militares imputados por homicidio; la conclusión de la averiguación previa abierta por la PGR para investigar la cadena de mando “respecto a la orden de abatir”, en tanto que “permanece pendiente el cumplimiento del amparo ganado por Clara Gómez González, madre de una de las víctimas, para que la justicia militar no siga conociendo los hechos, expediente que recientemente ha sido remitido a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)”.
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