La Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas contiene diferentes penas para castigar este delito.
En el contexto en el que vivimos, donde aparecen casos como una red de prostitución al interior del PRI-DF, o las autoridades clausuran diferentes centros nocturnos que en realidad son centros de trata de personas, es conveniente recordar lo que la ley establece.
El artículo 10 indica que la trata de personas es “toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación“, por lo que apunta que a quien cometa este delito se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las sanciones. Sin embargo, esta pena está por aumentar, gracias a las reformas que ya aprobó el Senado, que establecen 10 a 25 años de prisión y de 5,000 a 50,000 días de multa a quienes consigan, capten o enganchen, recluten, entreguen, oculten o recluten a personas con el fin de explotarlas.
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