Las plataformas digitales extranjeras que no paguen impuestos, se les suspenderá la conexión a Internet
Cuando el contribuyente cumpla con sus obligaciones fiscales, la reconexión se hará en un máximo de 5 días
De acuerdo con la propuesta del paquete fiscal 2020, las plataformas digitales extranjeras que no tengan oficinas en México, que no paguen el 16 por ciento del IVA que cobran por sus servicios y no estén dadas de alta ante Hacienda, se les suspenderá la conexión a Internet y su nombre se publicará en una lista negra en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Dichas plataformas son con las cuales se descarga y se tiene acceso a imágenes, películas, videos, audios, juegos, música, contenidos multimedia, compra de tonos móviles, noticias online, pronósticos meteorológicos, estadísticas, tráfico, entre otros.
También se ven involucradas los servicios de streaming de audio y video para ver películas y escuchar música, servicios de clubes en línea, páginas de citas, almacenamiento de datos, enseñanza a distancia, de test o ejercicios, informó el diario El Universal.
Dentro de las propuestas que forman parte del paquete económico 2020, se sugiere a consideración del Congreso de la Unión que se establezcan obligaciones a quienes presten servicios digitales residentes en el extranjero sin establecimiento en el país.
Tanto en la página del SAT como en el DOF, se publicará el nombré de la plataforma y la fecha a partir de la suspensión de la conexión a Internet. Estas sanciones también se aplicarán cuando el contribuyente no realice el pago del impuesto, el entero de las retenciones cuando se trate de servicios digitales de intermediación entre terceros o la presentación de declaraciones informativas durante tres meses consecutivos, previo el derecho de audiencia a la aplicación de la sanción.
Cuando el contribuyente cumpla con sus obligaciones fiscales, el SAT ordenará la reconexión en un plazo máximo de cinco días e incluirlo en la lista de residentes en el extranjero sin establecimiento en México registrados en el RFC como prestadores de servicios digitales. La suspensión se hará con los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones en el país y se notificará previamente y con derecho de audiencia.
De ser aprobada por el Congreso de la Unión, esta propuesta entraría en vigor a partir del próximo mes de abril de 2020.
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