Esta reforma permite castigar el delito de acoso en Oaxaca hasta con 4 años de cárcel
Ahora quedan prohibidas expresiones verbales o gestuales de carácter sexual, silbidos y tocamientos
Integrantes de la 64 Legislatura del Congreso de Oaxaca aprobaron una reforma al Código Penal local para castigar hasta con cuatro años de prisión a quienes acosen sexualmente a una persona, delito en el que se incluyen los piropos, silbidos y tocamientos.
Con dicha reforma al Artículo 241 Tercero quedan prohibidas expresiones verbales o gestuales de carácter sexual, así como silbidos, exhibir y realizar tocamientos, roces o cualquier frotamiento contra el cuerpo del acosado.
Este delito será castigado con dos o hasta cuatro años de cárcel y una multa de 100 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En caso de que el acoso sea cometido por dos o más personas, y cuando exista seguimiento o persecución, la pena aumentará hasta en una tercera parte, informó El Universal.
Otro punto a destacar es si el acoso se comete contra un menor de 18 años o con discapacidad, se procederá contra el responsable a petición de la parte, o bien, si por cualquier causa la víctima no pueda resistirse, el delito se perseguirá de oficio.
En caso de que el acosador funja como servidor público o se valga de medios o circunstancias que el encargo le proporcione para cometer la agresión, será castigado y destituido.
Sobre el tema, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) precisó que el número de delitos sexuales en el estado incrementó en más de 200 por ciento durante los últimos tres años.
Tan solo al corte del 31 de mayo del año en curso, Oaxaca registra un total de 676 denuncias por delitos contra la libertad sexual, de los cuales 84 son por acoso y 24 por hostigamiento sexual.
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