El término de “tala forestal” no aparece en el Programa de Manejo.
La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) afirmó que la tala comercial de árboles no estará permitida en el Nevado de Toluca, tras la difusión de un documento donde detalla que dicha actividad se permitiría.
La Semarnat explicó su decisión tomada el pasado 21 de octubre, publicada como el programa de manejo del Nevado de Toluca.
“El término “tala comercial” no se prevé en el Programa de Manejo del Área de Protección de Flora y Fauna Nevado de Toluca ni en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable”.
Declara que lo que sí se podrá realizar en el Área Natural Protegida (ANP) “es un manejo forestal sustentable”, que abarca “las acciones y procedimientos que tiene como objetivo la ordenación, protección, conservación, restauración y aprovechamiento de los recursos forestales”.
También, se prevé el aprovechamiento de los recursos forestales del bosque, cuidando las acciones “que obligan al interesado a proteger y recuperar el bosque”, esto como recompensa de los beneficios que obtuvo con sus actividades.
“Se evitará que no disminuya la capacidad productiva de los ecosistemas y los recursos existentes”.
Se informó que dentro del ANP hay una “subzona de aprovechamiento sustentable de los recursos naturales”, que ocupa un 32.59 por ciento de su superficie.
“Es importante mencionar que todas las actividades de aprovechamiento que se lleven a cabo en esta zona deberán ser autorizadas por la Semarnat siempre y cuando cumplan con las disposiciones aplicables en materia forestal e impacto ambiental”.
En general, “el Programa de Manejo sí comprende el aprovechamiento forestal sustentable en la superficie señalada, pero con restricciones claramente establecidas por la legislación ambiental”.
Dicho aprovechamiento “forestal sustentable de ninguna manera debe interpretarse como la “tala comercial”, finaliza la “nota aclaratoria” que firmó el coordinador General de Comunicación Social de la Semarnat, Wilhem Friedrich Hagelsieb Garza.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), el aprovechamiento forestal se puede entender como la “extracción realizada en los términos de esta Ley, de los recursos forestales del medio en que se encuentren, incluyendo los maderables y los no maderables”.
La Semarnat envió otro documento que puedes leer en el portal de Aristegui noticias.
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