La SCJN determinó que no existe un plazo definitivo para reclamar por la obligación alimenticia
El hombre señaló cuando su padre se divorció de su madre no pagó la pensión para cubrir sus necesidades
Un ciudadano mayor de edad entabló en la Ciudad de México un juicio contra su padre, quien presuntamente no cubrió en su momento la pensión alimenticia que le correspondía
El demandante argumentó ante un tribunal que cuando su padre se divorció de su madre no pagó la pensión para cubrir sus necesidades
Por ello, el sujeto solicitó que su padre pague la pensión para cubrir sus necesidades actuales, así como de los alimentos que no recibió en su infancia.
Tras los alegatos, el tribunal resolvió como procedente la petición del joven y ordenó al padre el pago de la pensión alimenticia de manera retroactiva, informó Reporte Índigo.
Una mujer reclamó a su padre el pago de alimentos que no recibió cuando era menor de edad. Él se negó.
Aquí te explicamos porqué la Corte determinó que no existe un plazo para reclamar el pago retroactivo de alimentospic.twitter.com/eItYEwRAAY — Suprema Corte (@SCJN) August 21, 2019
Sin embargo, la decisión del tribunal no inconformó al padre demandado, quien interpuso un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
La resolución de la SCJN sentó precedente, ya que señaló que no se justifica que a menores de edad se les pueda pagar la pensión de manera retroactiva y a las personas que alcanzaron la mayoría de edad no.
En este sentido, determinó que no existe un plazo definitivo para reclamar por la obligación alimenticia, la cual persiste aunque el acreedor haya adquirido la mayoría de edad.
“Si el representante legal de un menor decide no demandar la pensión alimenticia, no hay impedimento para que una vez que el niño alcance la mayoría de edad pueda demandar el cumplimiento de la obligación”, explicó.
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