El pasado 15 de noviembre, la magistrada Rojas Castro interpuso su demanda de amparo
El juez destacó que el artículo 94 constitucional establece la irreductibilidad de las remuneraciones que perciben los servidores públicos
Un juez federal de Mazatlán, Sinaloa, otorgó una suspensión provisional a una magistrada de circuito con la cual la Ley Federal de Remuneraciones quedó congelada momentáneamente.
Es el primer amparo contra la legislación, misma que señala que todos los servidores públicos deberán obtener un salario menor al que percibe el presidente de la República, informó Excélsior.
El juzgador argumentó que la magistrada Sonia Rojas Castro avaló su puesto laboral al interior del Poder Judicial de la Federación con documentación diversa y cuenta “a nivel subjetivo” con la protección constitucional.
Con ello, se evita que se le se disminuyan sus remuneraciones durante el tiempo en que desempeñe su encargo, ya que deberá prevalecer su independencia y autonomía para la toma de decisiones judiciales.
De este modo, el juez determinó conceder la suspensión provisional solicitada por la quejosa para que “permanezcan las cosas en el estado que actualmente guardan y no se le apliquen los artículos tildados de inconstitucionales” señaló el acuerdo.
El juez Ramón Lozano también consideró que esta suspensión evita el peligro en la demora, con una posible frustración de los derechos de la pretendiente de la medida, y así evitar que la autonomía e independencia en la toma de decisiones judiciales de la magistrada puedan ser menoscabadas
Asimismo, destacó que el artículo 94 constitucional establece la irreductibilidad de las remuneraciones que perciben los servidores públicos: ministros de la Suprema Corte, magistrados de Circuito, jueces de Distrito y los consejeros de la Judicatura Federal, además de los magistrados electorales, durante su encargo.
El pasado 15 de noviembre, la magistrada Rojas Castro interpuso su demanda de amparo en contra de la discusión, aprobación y emisión del decreto por el que se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
En su demanda, la magistrada del Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo de Sinaloa sostuvo que con dicha legislación sus derechos contemplados en los artículos 1, 14, 16, 17, 75, 94, 123 y 127 de la Carta Magna se ven vulnerados.
El próximo 13 de diciembre cuando se realizará la audiencia constitucional, en la que se revisarán los informes y argumentos del Congreso de la Unión, y se determinará si se concede una nueva suspensión en favor de la magistrada hasta que el juicio de amparo concluya.
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