Modificaciones a Ley de aviación otorgan mayores beneficios a usuarios de aerolíneas
En caso de que el pasajero decida no efectuar el viaje podrá solicitar el reembolso de su boleto
A partir del día de hoy, nuevos decretos incluidos en la Ley de Aviación Civil y en la de Protección al Consumidor otorgan más derechos a pasajeros de aerolíneas.
De acuerdo con la autoridades en caso de que un vuelo de México llegue a retrasarse de dos a cuatro horas, los pasajeros podrán reclamar a la aerolínea una indemnización.
El artículo 47 de la Ley de Aviación Civil detalla que “si la demora es mayor a dos horas pero menor a cuatro, los descuentos incluidos en las políticas de compensación no podrán ser menores al 7.5 por ciento del precio del boleto”.
Información publicada en Sin Embargo, revela que en caso de que la demora es mayor a cuatro horas, la compañía aérea le devolverá al pasajero un mínimo del 25 por ciento del precio del boleto.
Lo anterior se encuentra estipulado en el artículo 65 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
En caso de que le pasajero decida no efectuar el viaje, el Artículo 47 Bis, prevé que este pueda solicitar la devolución de su boleto siempre y cuando lo comunique a la aerolínea concesionario con 24 horas de antelación.
Las disposiciones con respecto al equipaje también han cambiado, pues cada pasajero podrá llevar en cabina y de forma gratuita hasta dos piezas de equipaje de mano con dimensiones de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.
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