El juzgado citó a las dos partes a presentarse el próximo 31 de enero
El amparo establece que zonificar los precios de la gasolina implica vulnerar principios de equidad, proporcionalidad e igualdad de la Ley
El día de ayer fue aceptado por el juzgado 13 de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, el amparo promovido por el doctor en derecho José Oscar Valdés Ramírez en contra de la liberación y zonificación del precio de la gasolina.
Se trata del primer amparo que se presentó por un ciudadano y que es admitido por las autoridades de justicia en contra del gasolinazo.
Valdés interpuso el amparo contra el gobierno federal y en específico contra la Secretaría de Economía, en el cual manifiesta que zonificar los precios de la gasolina de acuerdo a la oferta y demanda del mercado de consumo implica vulnerar principios de equidad, proporcionalidad e igualdad de la Ley.
Esto implica establecer que hay mexicanos de primera o de segunda clase, lo cual no puede existir pues con ello se violan los artículos 1, 17, 28 y 31 fracción IV de la Constitución, así como las Leyes Secundarias de los artículos 253 y 254 del Código Penal Federal, lo mismo que el Artículo 8 de la Ley Federal de Competencia Económica.
Esta zonificación de precios no sólo viola legislaciones nacionales sino también internacionales, como el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, mejor conocido como Pacto de San José, el cual detalla que los gobiernos están obligados a proteger los derechos de igualdad, equidad y proporcionalidad de sus ciudadanos.
Por estas razones, este miércoles 4 de enero, María Azucena Cabañas Reyes, secretaria del juzgado Decimotercero de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México, y José Martín Reyes Martínez, secretario del mismo juzgado, admitieron la demanda de amparo promovida por el doctor constitucionalista contra actos de la Secretaría de Economía.
El juzgado citó a las dos partes a presentarse el próximo 31 de enero bajo la advertencia de que si no acuden habrá una multa equivalente a 50 días de salario mínimo.
Fuente: Proceso
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