Al Partido Revolucionario Institucional no se le acreditó participación en el caso
La determinación indicó que no hubo actos anticipados de campaña, pues en la propaganda no se presentan candidaturas o propuestas de campaña
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó sancionar a las empresas Sicre, Yepiz, Celaya y Asociados por calumniar al aspirante presidencial de la coalición Por México al Frente, Ricardo Anaya, cuando llevaba a cabo su precampaña.
Esto, por difundir a través del portal wikinoticias.mx un video en el que se aseguró que el panista había declinado a favor del candidato del PRI, José Antonio Meade, por lo que se impuso una multa a las empresas que ascendió a 28 mil 210 pesos.
El Sol de Cuernavaca dio a conocer que el Partido Acción Nacional (PAN) inició un procedimiento especial sancionador contra el PRI, Google, Sicre, Yepiz y Celaya y Asociados, por presunta calumnia y actos anticipados de campaña en perjuicio de Anaya.
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Sin embargo, tras analizar el caso, la Sala sólo determinó el castigo en contra de Sicre, Yepiz, Celaya y Asociados por haber difundido una noticia falsa. Mientras que al Partido Revolucionario Institucional (PRI) no se le acreditó participación en el caso y respecto a Google se estableció que ejerció su libertad comercial.
Asimismo, se indicó que tampoco hubo actos anticipados de campaña, ya que en la propaganda denunciada no se presentan candidaturas o propuestas de campaña, ni mensajes que llamen expresamente al voto a favor o contra alguna candidatura o partido.
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