La iniciativa contempla la actuación de la Guardia Nacional en todo el territorio
Si algún elemento de la Guardia Nacional se “incorpora a la delincuencia organizada”, se haría acreedor a una pena de hasta 70 años de prisión
De aprobarse en sus términos, la ley de la nueva fuerza de seguridad proveerá de amplias facultades de operación y actuación a la Guardia Nacional.
Desde acciones de prevención de delitos, faltas administrativas hasta operativos encubiertos e intervención de comunicaciones son las acciones que podría realizar este nuevo órgano de seguridad.
Asimismo, la iniciativa contempla la actuación de la Guardia Nacional en todo el territorio, como zonas fronterizas, puentes internacionales, aduanas, garitas, carreteras federales, entre otros, informó Reforma.
También podrá investigar la comisión de delitos bajo supervisión de un Ministerio Público, así como recabar información en lugares públicos para evitar el fenómeno delictivo.
En este sentido, la Guardia Nacional podrá estar facultada para utilizar cualquier tipo de herramienta, medio o instrumento que generé “inteligencia preventiva”.
“Llevar a cabo operaciones encubiertas y de usuarios simulados para la prevención e investigación de delitos en términos del Reglamento”, refiere la iniciativa de Ley.
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La nueva corporación también podrá solicitar la autorización de un juez para que concesionarios o permisionarios de operadoras telefónicas le brinden información y georreferenciación de teléfonos celulares.
“Para el cumplimiento de sus fines de prevención de los delitos. La autoridad judicial competente deberá acordar la solicitud en un plazo no mayor de 12 horas a partir de su presentación”, apunta la iniciativa.
Además, los integrantes de la Guardia Nacional actuarán como “primeros respondientes” ante la comisión de delitos, por lo que tendrán la responsabilidad de preservar el lugar de los hechos o del hallazgo.
Respecto a las sanciones, si algún elemento de la Guardia Nacional se “incorpora a la delincuencia organizada”, podría hacerse acreedor a una pena de entre 30 y 70 años de prisión.
En los denominados delitos contra la disciplina también se consideraron de 15 a 60 años de cárcel a quienes utilicen la fuerza o cualquier recurso a su cargo destinado a la delincuencia organizada o asociación delictuosa.
Las mismas penas serán aplicables para quienes brinden protección, información, adiestramiento o personal a su cargo a un criminal.
“Las penas previstas en este capítulo se impondrán además de las que correspondan a los delitos que resulten cometidos por las actividades del individuo u organización delictiva”, indica la iniciativa.
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