Los cubos de caldo de pollo tienen como primer ingrediente sal
Este tipo de sazonadores no cuenta con un aporte significativo de nutrientes
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) reveló que los cubitos de caldo o consomé de pollo tienen un alto contenido de sodio y grasas.
El Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor realizó un análisis a estos productos, en el que descubrió que los cubos de caldo de pollo tienen como primer ingrediente sal.
Asimismo, el estudio de 2017, señaló que dependiendo de la marca, el consumo en 250 ml de caldo preparado con este producto varía de 1.36 a 3.43 gramos de dicho ingrediente.
Respecto a las grasas saturadas, mismas que también dependen de la marca y el tipo, el alimento contiene de 0.03 a 0.80 g por 250 ml de producto preparado.
La Profeco subrayó que este tipo de sazonadores no cuenta con un aporte significativo de nutrientes, debido a que en 250 ml de producto preparado proporcionan de 0.19 a 0.69 g de proteínas.
Además de 0.16 a 0.55 g de grasa, las cuales no son totalmente de origen cárnico, ya que se les adicionan proteínas y grasas vegetales, refirió el portal Milenio.
“Por características del proceso, las presentaciones de cubo tienen más grasa que las de polvo”, agregó la dependencia, la cual señaló que tales productos contienen glutamato monosódico, encargado de potencializar el sabor y que aumenta el contenido de sodio.
La dependencia señaló que los productos están regidos por la Norma Mexicana NMX-F-603- NORMEX-2003, Alimentos-Caldo y consomé de ave, res, tomate y ave, camarón, así como de otras denominaciones, en sus presentaciones de granulado, polvo, tabletas o cubos.
Dichos producto debe contener caldo de ave en un mínimo de 6 por ciento de proteína total, además de 50 mg/l de nitrógeno proveniente de la carne (es la forma de medir la proteína cárnica presente, por estar conformada por nitrógeno).
También debe incluir por lo menos 400 mg/l de grasa de ave, y se le puede adicionar con grasas diferentes al ave de que se trate un mínimo de 800 mg/l de grasa de ave en producto reconstituido, en un mínimo de 7.4 por ciento de proteína total en el producto deshidratado.
“100 mg/l de carne deshidratada en consomé reconstituido”, esto significa un contenido menor que el exigido para los caldos.
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