El jefe del Ejecutivo no podría dejar el cargo aun si es investigado por un delito
Asimismo, tendría la posibilidad de acudir directamente a la Corte para impugnar tal proceso en su contra
El grupo parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados busca proteger el fuero presidencial, pese a que el mandatario federal sea investigado por un delito de orden federal.
Lo anterior, debido a que una iniciativa señala que el jefe del Ejecutivo no podría dejar el cargo aun si es investigado por un delito, y tendría la posibilidad de acudir directamente a la Corte para impugnar tal proceso en su contra.
Pablo Gómez, vicecoordinador de los morenistas, propondrá en la sesión de este martes una reforma a la Constitución que busca que el presidente pueda ser acusado de delitos penales durante el tiempo de su encargo.
En la iniciativa de reforma al 111 constitucional se plantea que la o el presidente, los diputados y senadores al Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal electoral federal, la o el Fiscal general, y los consejeros del Instituto Nacional Electoral gozaran de inmunidad.
Por esta razón no podrían ser privados de su libertad durante el tiempo en el que ejercen su cargo, a excepción de que exista una sentencia condenatoria en su contra.
La iniciativa sólo enfatiza que los servidores públicos incluidos en este artículo serían sujetos de proceso penal, informó Reforma.
“Las medidas cautelares no pueden consistir en privación, restricción o limitación de la libertad, ni en el retiro de la inmunidad. Además, el auto de vinculación a proceso penal puede ser recurrido directamente ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, indica el documento.
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En caso de existir una sentencia condenatoria, el juez comunicará el retiro de la inmunidad a las Cámaras del Congreso, momento en el que el servidor público será sentenciado y cesado en sus funciones, para quedar a disposición de la autoridad correspondiente.
En caso de que el delito se hubiese cometido durante el ejercicio de su respectivo cargo, no se podrá conceder indulto.
“Las sanciones penales se aplicarán de acuerdo con lo dispuesto en la legislación y, tratándose de delitos por cuya comisión el autor o autora hubieran obtenido un beneficio económico u ocasionado daños o perjuicios patrimoniales, deberán graduarse de acuerdo con el lucro obtenido y con la necesidad de satisfacer los daños y perjuicios causados por su conducta ilícita”.
“Las sanciones económicas no podrán exceder de tres tantos de los beneficios obtenidos o de los daños y perjuicios causados”, se lee en la propuesta”, agrega.
En tanto, las sentencias del orden civil y las sanciones administrativas o de cualquier naturaleza distinta a la penal, se podrán aplicar sin el retiro de la inmunidad.
Mientras que aquellas que implican un arresto se ejecutarán inmediatamente después de que el servidor público deja de contar con inmunidad.
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