Las penas van de 15 a 20 años de cárcel si hubo relación afectiva entre la víctima y el culpable
En caso de uso de sustancias corrosivas o lesiones en genitales, las penas aumentarán en dos tercios
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la creación de un nuevo tipo de penal en materia de lesiones en razón de género, las cuales consisten en ataques en contra de una mujer que le puedan ocasionar alteración o daños infamantes o degradantes en el rostro, senos u órganos genitales, por ejemplo, arrojarles ácido.
Los cambios fueron aprobados en lo general al Código Penal Federal con 359 votos, por lo cual quedó establecido que se impondrán de 10 a 15 años de cárcel a quien cause lesiones a una mujer en razón de su género.
Asimismo la pena aumentará de 15 hasta 20 años de prisión si entre el presunto culpable y la víctima hubo relación sentimental, afectiva o de confianza, de parentesco, laboral, docente o cualquier que implique subordinación o superioridad, que haya provocado las lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, informó el diario Excélsior.
En caso de uso de sustancias corrosivas, o cuando las lesiones sean provocadas en los órganos genitales femeninos, las penas aumentarán en dos tercios.
Pilar Ortega Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia y diputada del PAN, externó que la discriminación y la violencia contra la mujer son “formas dramáticas contra la desigualdad”.
La funcionaria expuso que no ha sido suficiente catalogar las lesiones como dolosas y culposas para disminuir las agresiones a las mujeres, por ello es necesario distinguir las lesiones dolosas de las de género.
En tanto que la diputada Mónica Bautista Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRD calificó de “abominable” la violencia contra la mujer, además detalló que en el país se comenten 10 feminicidios diarios y que una de cada tres mujeres ha señalado que fue víctima de violencia.
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