Expertos señalan que los cambios tienen efectos económicos, de salud, laborales, jurídicos y políticos
La Cámara de Diputados aprobó que los patrones decidan qué enfermedades son laborales y cuáles no, con lo que trabajadores podrían recibir sólo la mitad de su sueldo
La reforma laboral, que fue aprobada el pasado martes 21 de febrero, solamente es una pequeña muestra de las modificaciones legales que en los últimos cinco años han afectado los derechos laborales de los trabajadores.
Tan sólo la semana pasada, la Cámara de Diputados aprobó que los patrones decidan qué enfermedades son laborales y cuáles no, con lo que los trabajadores podrían recibir sólo la mitad de su sueldo si así lo deciden sus jefes.
Lo anterior fue señalado por especialistas en ciencias de la salud laboral y abogados, mientras las fracciones del PRI y el PAN niegan que dichos cambios afecten a los empleados, y por el contrario, aseguran que con esto se agilizará el pago de indemnizaciones.
Por otro lado, diferentes especialistas aseguran que las reformas a los artículos 476, 513 y 515 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) tiene efectos económicos, de salud, laborales, jurídicos y políticos
Para el médico perito, Luis Manuel Pérez Pantoja, estos cambios son un acto inconstitucional cometido por los propios legisladores.
Recordó que el artículo 123 de la Constitución señala en su fracción 14 que los empresarios son los responsables de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores, por lo que están obligados a pagar indemnizaciones por muerte o incapacidad temporal o permanente.
“¡Esto es como poner a la Secretaría de Salud en manos de (las funerarias) Gayosso!”, criticó.
Lo anterior sucederá gracias a un organismo llamado Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Coconasst, integrado por patrones y sindicatos elegidos por el gobierno).
“De la Coconasst podemos analizar y confrontar su historia. Es negra, se ha dedicado a desregular los derechos en materia de seguridad e higiene de los trabajadores. Ha disminuido entre 30 y 40 por ciento las normas oficiales mexicanas (NOM) en materia de seguridad e higiene”, indicó.
Además, puso dos ejemplos del actuar de la Coconasst: los botiquines de primeros auxilios ya no son obligatorios en los centros de trabajo porque así lo determinó la Comisión. Y el otro aún más grave: la NOM 10, que establece los límites máximos de sustancias químicas en el ambiente y que debe actualizarse cada año, no se ha renovado en una década ya que las cámaras empresariales se opusieron a ello.
Pese a esto, aseguró el abogado laborista Arturo Alcalde, un trabajador podrá ampararse contra la reforma, ya que el sector patronal se ha convertido en juez y parte al integrar la Coconasst, misma que definirá qué enfermedades deberán ser consideradas para una incapacidad laboral.
“Se pone en riesgo el ingreso del trabajador por invalidez. Se pone en riesgo la calificación de vida, de una enfermedad profesional, y esto puede generar consecuencias delicadas al trabajador si no se le reconoce que su enfermedad fue a causa del trabajo”, acusó Alcalde.
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