Nadie te puede quitar tu derecho a pagar tus multas con descuento
No en todos los casos se prevé un arrastre al corralón,
Conocer el Reglamento de Tránsito es importante en caso de ser detenido por un elemento. Si esto ocurre, estos son algunos consejos de qué hacer:
La detención debe ser exclusivamente por un policía de tránsito, nadie más, a menos de que se haya incurrido en un hecho de tránsito, es decir, “un evento producido por el tránsito vehicular, en el que interviene por lo menos un vehículo, causando daños materiales, lesiones y/o muerte de personas”, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la CDMX.
“Los otros policías de seguridad pública pueden intervenir cuando hay daños materiales o lesiones a personas o algún incidente relacionado con seguridad pública y regulación cívica, un hecho de tránsito. Te puede parar sólo si te para en flagrancia en alguna infracción de este tipo, relacionadas con seguridad o daños materiales”, afirmó a El Universal Carlos del Razo, maestro en Derecho y Política Ambiental.
El único que puede emitir una multa por una violación al reglamento es un agente de tránsito y la sanción se debe emitir con un aparato electrónico destinado a ese fin. Si un elemento de seguridad pública te detiene, “amablemente le dices al oficial que carece de competencia y, en el sentido estricto, te podrías ir, no atropellaste a nadie ni chocaste ningún coche”, aseguró el especialista.
Probablemente tendrás que permanecer ahí de todas formas pues “hay que decirlo, el modus operandi de corrupción de los funcionarios de seguridad pública es pedirle dinero a la gente, en realidad ellos carecen de competencia para levantar infracciones. Pero en la realidad puede ocurrir que llame al agente de tránsito para que te infraccione”, explicó Carlos.
Consejo: Existe una lista de agentes de tránsito facultados para infraccionar, sólo debes poner el nombre del uniformado, la puedes consultar aquí.
El artículo 59 del Reglamento de Tránsito de la CDMX señal que el oficial debe indicar que detengas el vehículo en un lugar adecuado y, de preferencia, cerca de cámaras de video vigilancia.
Después reportará inmediatamente el motivo por el cual te detiene, así como tu matrícula para saber si tu coche no es robado.
Se debe identificar con su nombre y número de placa, además de decirte la infracción que cometiste enseñándote el artículo del Reglamento donde se específica, así como la sanción que deberás tener.
Sí te puede pedir tus documentos, según el reglamento, el agente solicitará al conductor la licencia para conducir, la tarjeta de circulación y si aplica, la póliza de seguro de responsabilidad civil, la cual deberá estar vigente. Los documentos “serán entregados para su revisión”, de lo contrario puedes ser acreedor a una multa.
Sin embargo, te los debe regresar: “El reglamento no prevé que se quede con los documentos. Muchas veces amagan con eso cuando les das los documentos y están buscando mordida, pero el reglamento no lo prevé y ellos sólo pueden hacer lo que está expresamente en la ley”, aseguró el abogado.
Posteriormente, el uniformado llenará la boleta de sanción y te dará una copia. Después te debe regresar tu documentación si es vigente y corresponde a tu auto; de lo contrario, también puede sancionarte por ello. Si lo insultas o denigras puede sancionarte y si reincides te puede remitir al juez cívico.
No en todas las multas se prevé un arrastre al corralón, por ejemplo, en caso de pasarse un alto o dar una vuelta indebida, el auto no se remite al depósito vehicular. Pero si circulas por una vía de transporte público, te haces acreedor a una multa, aunado al arrastre al corralón; esto último también puede ocurrir si circulas sin el holograma ni la constancia de verificación vehicular vigente, si circulas un día que no te toca o si le pones a tu auto etiquetas parecidas a las usadas por vehículos de emergencia. “Es una gran diferencia saberlo porque cuando te dicen que tienes que esperar a la grúa es justo el momento en el que te quieren sacar dinero. Diles que te levanten la infracción y ya”, aseveró el especialista.
Tienes derecho a pagar las multas con descuento. El agente no puede decirte que si no haces tal o cual cosa no pagarás tu multa con descuento pues nadie te puede quitar ese derecho, el cual te corresponde por ley, según el artículo 62, en donde se establece que el infractor tendrá un plazo de treinta días naturales, desde la fecha de emisión de la sanción, para hacer el pago con un descuento del 50% del monto de la misma, si ésta se paga antes, hasta se puede obtener un descuento mayor.
“Seguramente te va a salir en menos que las cuentas locas que el agente te hace para pedirte mordida. La multa puede salirte más barata que lo que le ibas a dar al policía y por supuesto, no incentivas este tipo de prácticas”, enfatizó el abogado.
Fuente: EL Universal
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