Hasta 3 años de cárcel para quien compre votos
Para que el delito pueda ser perseguido y castigado debe haber de por medio una denuncia, la cual puede hacerse de manera anónima
La elección presidencial se acerca y aunque la supuesta compra de votos es un tema del que se habla en época electoral, también lo es la coacción del voto en el ámbito laboral.
En fechas recientes han comenzado a circular en redes sociales algunas publicaciones en las que se denuncian presuntas presiones laborales a trabajadores de diversas empresas para favorecer a algún candidato.
De acuerdo con una nota de Verificado 2018, existe una ley que considera este tipo de acciones como un delito, pues los empleadores, organizaciones gremiales o sindicatos no deben presionar a sus agremiados o trabajadores para influir en el sentido de su voto.
Se cita a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, la cual considera este tipo de presiones como un delito electoral, mismo que tiene una sanción tanto con penas monetarias como de cárcel.
En la mencionada ley, su artículo 7, fracción VII estupula que “se impondrán de 50 a 100 días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma”.
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A decir del director de Averiguaciones previas de la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (Fepade), Germán Castillo, ya han comenzado a llegar denuncias de coacción del voto en centros de trabajo.
“Les han pedido foto de la credencial u otras formas de identificar a los electores”, aseguró.
El director detalló que del 8 de septiembre de 2017 al 30 de marzo de 2018, la fiscalía recibió mil 492 denuncias por delitos electorales y en total, se abrieron 633 carpetas de investigación; 79.75% por alterar el registro federal de electores.
Apunta que para que sea posible iniciar con una investigación, debe existir una denuncia como lo dicta el artículo 16 de la Constitución, de otro modo este delito no puede perseguirse y castigarse.
Por su parte Paula Sofía Vásquez, consultora en Strategia Electoral, comenta que la línea entre cometer este delito electoral y hacer un llamado a votar el día de la elección es delgada, por lo que hay que aprender a distinguir cuando un jefe está incurriendo en un delito.
“La ley distingue entre llamar a votar y presionar a una persona para votar a favor de un candidato, como amenazarla con que va a perder un beneficio o su trabajo; (esto último) es delito y está penado con multas financieras y hasta con cárcel; pero el llamado en sí no está penado y la gente tiene miedo de que si no obedece puede perder su empleo”, explica.
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Hay que tener en cuenta que si se decide hacer la denuncia, quien la interpone debe acreditar que el hecho sucedió, el modo, tiempo, lugar, decir quién es el responsable, cómo y cuándo sucedió el hecho.
Para denunciar cualquier delito electoral es posible hacerlo de forma anónima en el Sistemas de atención ciudadana de la Fepade, a través del correo electrónico fepadenet@pgr.gob.mx, en el teléfono 24 horas 01 (800) 833-7233 o en su aplicación móvil FepadeMóvil.
También puede ser de forma presencial en la Unidad de Atención Inmediata, ubicada en el Boulevard Adolfo López Mateos No. 2836, Col. Tizapán, San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, CP 01090, Ciudad de México, teléfono (55) 53463137.
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