La mujer tenía 76 años de edad, pesaba 25 kilos y no podía valerse por sí misma
Los hijos de una mujer enferma han sido condenados a 17 años de prisión, luego de dejarla morir en condiciones precarias.
Ana Delia Arceo murió en agosto de 2015 a los 76 años de edad con 25 kilogramos de peso. La mujer no podía valerse por sí misma: tenía desnutrición, anemia, úlceras infectadas y bronconeumonía.
Vivía con su hijo, su nuera y su nieto, pero a pesar de su estado nadie la llevó a que recibiera atención médica en el centro de salud que estaba a pocos metros de su casa, en Tenerife, España.
De acuerdo con información de El País y retomada por Noticieros Televisa, la mujer tenía otra hija que no vivía con ellos, quien solo había acordado con su hermano repartirse los gastos y cuidados de su madre. Sin embargo, ella tampoco se ocupó de la señora.
Ante los hechos, el Tribunal Supremo condenó a los dos hijos de Ana Delia a 17 años de cárcel por un delito de comisión por omisión por dejar morir a su madre en su casa “de forma lenta y dolorosa”.
La sentencia del Alto Tribunal, notificada este lunes, confirmó la pena puesta por la Audiencia Provincial de Tenerife. Los jueces dan por probado que los hijos, “a pesar de ser conscientes de la situación de su madre y teniendo capacidad para cuidarla y ocuparse de ella”, dejaron de atenderla hasta generar una situación que desembocó, “como resultado previsible y evitable”, en su muerte el 26 de agosto de 2015.
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Los médicos forenses señalan que la mujer murió entre las 18:00 y las 20:00 horas de ese día, pero los hijos no avisaron hasta las 10:00 horas del día siguiente, según el Tribunal.
El certificado de defunción describe que la causa principal de fallecimiento de la mujer fue un cuadro de desnutrición crónica con anemia grave, bronconeumonía aguda purulenta y úlceras infectadas que, algunos casos, llegaban al hueso y en las que los forenses encontraron gusanos. Como consecuencia de este estado, la mujer tuvo una infección generalizada grave y murió por una insuficiencia respiratoria aguda.
Para establecer la sentencia, los magistrados se basaron en los artículos 142 y 143 del Código Civil, que establecen que los hijos deben atender a sus padres en su edad adulta cuando no tienen medios ni posibilidades de cuidarse por sí solos. La “desatención absoluta dejándoles a su suerte”, recuerdan los jueces, es un delito por omisión de la necesidad de suministrarle atención en la medida en la que deben llevarles a centros médicos cuando sea patente esta necesidad.
La sentencia del Supremo, de la que fue ponente el magistrado Vicente Magro, advirtió que va más allá del caso concreto al que se refiere. La obligación de los hijos de atender a sus padres no es solo una obligación “natural”, apuntó el Tribunal, sino una “obligación civil”.
Ésta puede acabar en un delito cuando, como en este caso, la víctima fallece “ante la absoluta desidia y desatención de los hijos, que, a pesar de la evidencia de la necesidad de atención, no solo personal, sino también médica, la dejan morir de forma cruel”.
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