El epitafio “Descanse en paz” puede estar entredicho si la persona que falleció dejó entre sus pendientes un adeudo con el fisco. De ser así familiares, apoderados o representantes legales deberán hacer frente a estos compromisos.
A diferencia de otros tipo de créditos como bancarios o hipotecarios, en los que una vez que se acredita el fallecimiento de la persona, ya no existe ninguna responsabilidad sobre nadie, pero deberle a la autoridad fiscal es un asunto que seguirá vigente.
El socio de Litigio Fiscal de Deloitte, Juan Carlos Roa, dijo que, vivo o muerto, las obligaciones se mantienen efectivas.
Fuente: El Universal
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