Los demandantes no deben ser privados de los medicamentos, pues esto atenta contra su vida
La SSa, IMSS y el Insabi tienen la obligación de abastecer de manera inmediata las medicinas
Cinco padres y madres de familia de niños con cáncer que demandaron a la Presidencia y al Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), lograron la suspensión del plano a través de un amparo colectivo indirecto.
La Juez Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa determinó que la Secretaría de Salud (SSa), el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como Presidencia y el Insabi, tendrán la obligación de proveer las medicinas de manera inmediata, y tienen 24 horas para informar el cumplimiento sobre esta decisión.
Con base en los criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y los tratados internacionales de los que el país forma parte, los demandantes no deben ser privados del abasto de medicamentos, de lo contrario se atentaría contra su salud y su vida, informó Proceso.
La resolución se llevó a cabo horas después de que el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentara un amparo mediante la abogada Andrea Rocha Ramírez, representante legal de los padres de familia, lo cual forma parte de la campaña “En defensa del derecho a la salud. #YoTeDefiendo”.
Para que los padres y madres de niños con cáncer puedan acudir a las clínicas de salud con copias certificadas del oficio para exigir los fármacos, será necesario que Rocha Ramírez se presente en las instalaciones del Poder Judicial de la Federación a cumplir con los procedimientos correspondientes.
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