Los diputados de todas las bancadas (PRI, PAN, PRD, PVEM, Panal y PES), menos de Morena, votaron a favor un dictamen para reglamentar el articulo 29 constitucional, para permitir al Presidente de la República la supresión de garantías o un estado de excepción (implantado en las dictaduras) .
El diario La Jornada informó que en una reunión de esta mañana, “con el respaldo de PRI, PAN, PRD, PVEM, PES y Panal, la comisión avaló sin cambios la minuta que el Senado aprobó el 9 de diciembre pasado, con el argumento de que es preferible contar con un mecanismo que regule la atribución presidencial de suspender garantías”, con el pretexto de una “invasión, perturbación grave de la paz pública u otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto”.
Lo lamentable del dictamen es que los ciudadanos quedarán indefensos por el “sacrificio temporal de derechos”, como los derechos a la manifestación, asociación, circulación y libertad de expresión, patrimoniales, crédito o de derecho de autor.
Ante esto, la coordinadora de Morena, Rocío Nahle García, advirtió que en el dictamen y en el contenido de la ley no se define “qué se entiende por perturbación grave de la paz pública, conflicto o invasión”.
Para justificar su voto, los perredistas, priistas y panistas pusieron de ejemplo los ataques terroristas en otros países.
¿Qué dice el dictamen?
Enrique Peña Nieto en agosto del 2014 propuso el dictamen de la ley reglamentaria al Art. 29, que es el que habla sobre los casos de excepción, el escenario en el que las personas mexicanas perderán que parte de sus Derechos Humanos, y el 12 de febrero de 2015 esas modificaciones fueron aprobadas por unanimidad en el Senado.
Las reformas a éste articulo nacen de la gran reforma de 2011 en materia de Derechos Humanos a toda la constitución, y que buscaban dejar a los instrumentos internacionales a la par de la carta magna. Ahora éste nuevo dictamen desacata esta noción, devolviéndole al poder mexicano un poder discrecional enorme en cuanto lo que es o no es una amenaza interna.
La reforma de 2011 al artículo 29 constitucional tenía un sentido de protección de derechos, sin embargo, en la reforma política se vuelve a modificar este artículo.
El dictamen aprobado hoy establece: “Pueden mencionarse ejemplificativamente las perturbaciones de factores naturales como sismos, tormentas, huracanes, explosiones volcánicas, epidemias… Así como también revueltas internas de gran calado; incursiones de grupos armados internos; graves afectaciones a la paz o la estabilidad interna del propio Estado; crisis económicas que por su gravedad puedan generar alteraciones al orden público; eventos derribados de la intervención humana (casos fortuitos) como incendios, accidentes nucleares o liberación de plagas/epidemias; entre muchas otras”.
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