Los solados señalaron que la menor de 12 años fue “la mujer que los sedujo” y ella comenzó todo
La Procuraduría General de Colombia condenó a 20 años de cárcel a siete soldados que violaron a una menor de 12 años de edad de la etnia embera chamí, el 21 de junio de 2019 en el corregimiento Santa Cecilia, de Pueblo Rico, en el estado de Risaralda.
Los uniformados que fueron sancionados con destitución e inhabilidad general durante ese lapso de tiempo son Juan Camilo Morales Povea, Yaír Stiven González, José Luis Holguín Pérez, Juan David Guaidía Ruiz, Óscar Eduardo Gil Alzate, Deyson Andrés Isaza Zapata y Luis Fernando Mangareth Hernández, todos se encuentra detenidos en una prisión para militares en Bello, Antioquia.
La niña relató que salió de su casa a comprar fruta, cerca del colegio donde acampaban los soldados, y al regresar uno de ellos la llamó al sitio en donde estaba haciendo guardia y tras conversar unos momentos abusó de ella sexualmente y posteriormente llamó a sus compañeros para que le hicieran lo mismo, detalló El Universal.
De acuerdo con la Procuraduría, para la menor de edad no era posible saber el riesgo de aceptar el llamado “amistoso” de un soldado, pues éste “aprovechándose de la autoridad que le otorgaba el vestir el uniforme y portar un arma generó en la niña ingenua confianza y la hizo atravesar la cerca, ingresar al lugar, entre los matorrales y la accedió carnalmente, y como su fuera poco llamó a sus compañeros quienes se turnaron” para violarla.
Los uniformados le taparon la boca a la niña para que no gritara y le amarraron las manos, a excepción de Luis Fernando, el resto la agredió sexualmente, no obstante, autoridades señalaron que también colaboró con sus compañeros ya que prestó vigilancia cuando la menor era abusada sexualmente.
Añadieron que los imputados reconocieron su responsabilidad y que ante el juez aceptaron los cargos imputados por la Fiscalía por acceso carnal abusivo con la menor de 12 años. Los soldados negaron circunstancias violentas y señalaron que la víctima “era una mujer que los sedujo”, bajo ese argumento indicaron que las relaciones sexuales fueron consensuadas y que ella había iniciado todo.
A lo que la Procuraduría reviró que todos sabían que era una menor de edad a quien debían proteger y respetar, y no es ninguna mujer adulta que estaba en posibilidades de defenderse, por esta razón es ilógico que los hechos hayan sido consentidos. En el fallo también se mencionó que los soldados mintieron a la justicia sobre el lugar en donde estaban instalados, pues indicaron que su superior les ordenó no decir que acampaban en un colegio, sino que se movían constantemente de la zona.
Autoridades señalaron que los soldados se aprovecharon de la inocencia, género y vulnerabilidad y hasta de la raza de la niña.
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