El Tribunal Supremo revocó la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra
Además, a uno de los implicados se le impuso dos años más por el robo con intimidación del móvil de la víctima
En el caso de la denominada “manada”, el Tribunal Supremo de España determinó por unanimidad aumentar de nueve a 15 años la condena para los cinco responsables.
José Angel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero fueron condenados por violar tumultuariamente a una joven en los sanfermines de 2016.
El Tribunal Supremo revocó la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que en un inició determinó sólo un abuso sexual, y calificó los hechos como un delito continuado de violación.
Los magistrados argumentaron dos agravantes que ayudaron a elevar la pena, trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas.
Además, a Antonio Manuel Guerrero se le impusieron dos años más por el robo con intimidación del móvil de la víctima.
El tribunal también incrementó a 100 mil euros el importe de la responsabilidad civil a la que tiene derecho la joven, informó El País.
“El relato fáctico describe un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados”, indicó el tribunal en un comunicado.
El #TS considera los hechos ocurridos en Pamplona el 6 de julio de 2016 constitutivos de un delito continuado de violación e impone una pena de 15 años de prisión a los cincos acusados pic.twitter.com/E2qrYXi8tt
— Poder Judicial (@PoderJudicialEs) 21 de junio de 2019
El Supremo consideró que la víctima sufrió una “situación intimidante” que hizo que ella misma “adoptara una actitud de sometimiento”.
“Haciendo lo que los autores le decían que hiciera ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza”, agregó.
Los magistrados enfatizaron que los acusados se “aprovecharon” de las circunstancias para atacar a la joven, quien sufrió al menos “diez agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales”.
Supremo también destacó que la Audiencia de Navarra “erró” al calificar los hechos como un único delito continuado.
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