La suspensión fue concedida en favor de Juan Ramón Morera Mitre, director de la empresa textilera Novalan
El demandante argumentó que la construcción del aeropuerto se autorizó sin contar con los permisos en materia de impacto ambiental
La construcción del Aeropuerto de Santa Lucía fue frenada por un tribunal federal que ordenó al gobierno comprobar, con dictámenes y permisos, que la obra no afecta al medio ambiente.
Fue el Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa en el Estado de México el que concedió una suspensión a Juan Ramón Morera Mitre, director de la empresa textilera Novalan, S. A. de C. V.
Aunque en el juicio de amparo, el juez Cuarto de Distrito del Estado de México negó la suspensión, al considerar que Morera no tenía un interés legítimo en la tramitación del juicio, el empresario presentó un recurso de queja.
Este fue resuelto el pasado 30 de mayo, durante una sesión extraordinaria del Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa, informó El Universal.
En su demanda, Morera argumentó que la construcción del Aeropuerto de Santa Lucía se autorizó sin contar con los permisos en materia de impacto ambiental.
Por ello, los magistrados resolvieron que de no concederse la suspensión se ejecutarían los actos reclamados que serían irreparable para la sociedad y en perjuicio del medio ambiente.
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“Se concede al quejoso la suspensión provisional de las consecuencias de los actos reclamados, para el efecto de que se detenga la construcción del Aeropuerto Internacional de Santa Lucía, hasta que sea factible verificar que la obra cuenta con los dictámenes y permisos ambientales conducentes, a fin de garantizar que no afectará el medio ambiente”, resolvió el colegiado.
Esta medida estará vigente hasta que el juez de Distrito resuelva si la suspensión es de manera definitiva, y si este es el caso, permanecerá hasta que se dicte sentencia en el amparo.
“Es de capital importancia precisar que la suspensión provisional, así concedida, no hace más que proteger el medio ambiente, conforme a los principios de precaución, indubio pronatura, no regresividad, razonabilidad y flexibilidad, anteriormente desarrollados en la presente ejecutoria; de forma que no se prohíbe la construcción del Aeropuerto Internacional de Santa Lucía, sino que única y exclusivamente se concede la medida cautelar para que su construcción se paralice hasta en tanto se verifique que cuenta con los dictámenes y permisos ambientales conforme a las leyes y reglamentos correspondientes [pues justamente la parte agraviada se duele de que las autoridades responsables pretenden llevar a cabo esa obra de infraestructura, sin contar con los dictámenes, licencias, permisos o autorizaciones en materia de impacto ambiental que permitan su consecución]”, precisa la sentencia del tribunal.
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