Prohibición absoluta para el consumo lúdico de marihuana es inconstitucional: SCJN
Concedieron el amparo a dos ciudadanas para que se les permita el consumo lúdico de la cannabis.
El día de hoy la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos amparos que hicieron posible una jurisprudencia en la que declara que la prohibición absoluta para el consumo lúdico de marihuana es inconstitucional.
Según con la resolución, la prohibición absoluta para uso lúdico es un recurso innecesario y desproporcionado ante el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
De acuerdo con una publicación de El Universal, quienes deseen beneficiarse de este criterio deberán tramitar amparos contra la prohibición prevista en la Ley General de Salud, en los que los jueces federales deberán conceder la protección constitucional mediante la aplicación de la jurisprudencia.
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Los ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Norma Lucía Piña Hernández, concedieron el amparo a dos ciudadanas para que se les permita el consumo lúdico de la cannabis.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo votó en contra, pues este amparo no les permite a las ciudadanas importar la semilla de marihuana.
Según el ministro, se genera una incertidumbre al no especificar cómo se importará la semilla de manera legal para ejercer el derecho de los quejosos beneficiados por el amparo.
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