La iniciativa preferente que el presidente Enrique Peña Nieto envío el pasado 1 de septiembre al Congreso establece reglas para que los medios de comunicación publiquen información sobre niños y adolescentes sin violar el derecho a la intimidad, lo que, según organizaciones civiles, deberá revisarse en las Cámaras para evitar que “esa disposición discrecional” implique censura.
“Es importante proteger a los niños y niñas víctimas pero hay que ser cuidadosos en la redacción. La intencionalidad del artículo que establece las medidas es buena, pero está pésimamente redactado porque se presta a la discrecionalidad y esa falta de claridad puede provocar la censura en medios o la autocensura por miedo a las posibles responsabilidades”, dijo en entrevista Juan Martín Pérez García, director ejecutivo de la Red por los Derechos de la Infancia en México.
El artículo 87 de la Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes establece que “se considerará violación a la intimidad de niñas, niños o adolescentes, cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión, así como medios impresos, sin que obre autorización por escrito de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, o que aun existiendo dicho consentimiento, pueda implicar menoscabo de su honra o reputación, que sea contraria a sus derechos o que los ponga en riesgo conforme al principio de interés superior de la niñez”.
En caso de violación, la ley impone multas de hasta 140 mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, es decir, hasta 9 millones 420 mil pesos; más20 mil días de salario —un millón 345 mil pesos— por cada día que la información continúe disponible en medios electrónicos.
“No hay claridad sobre la disposición y ahí está la importancia de tener un debate amplio en el Congreso sobre esta iniciativa. De quedar así puede ser un tema contrario al derecho de niños y adolescentes a la libertad de expresión, pues si ellos actualmente no están en los medios de comunicación, sin claridad en esta disposición menos. Niños y niñas víctimas pueden y deben ser escuchados en los medios de comunicación cuidando su identidad. Un niño víctima que no tiene espacio en medios de comunicación es revictimizado porque no puede expresarse como cualquier otro ciudadano”, explicó Pérez García.
Para Areli Rojas, directora de la organización ¿Y quién habla por mi?, es muy importante que en el país haya reglas para que los medios tengan responsabilidad sobre el manejo de datos de niños y adolescentes y no sólo cuando sean víctimas de un delito, si no en cualquier otro tema.
“Cuando un niño, niña o adolescente es víctima de un delito es muy delicado difundir sus datos. El medio debe difundir el caso protegiendo el nombre del niño, de sus familiares, su domicilio, hablar de forma muy general. Sólo hace falta ser claros en la forma en que los medios pueden y, mas bien, deberían difundir lo que ocurre con la niñez y ser aliados de primera mano de sociedad civil para visibilizar las violaciones.”
Peña Nieto usó su facultad para presentar iniciativas preferentes para que el Congreso apruebe en un periodo máximo de 30 días esta ley y la envío al Senado, en donde, a su vez, se turnó a la Comisión de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia.
La presidenta de esa Comisión, la senadora del Partido Acción Nacional (PAN), Martha Elena García Gómez, dijo en entrevista que “lo más importante” es que los derechos de los niños estén protegidos en medios de comunicación y en todo el país, por lo que el Congreso analizará el tema para determinar qué cambios o mejoras podrán hacerse.
“Ahora sólo podemos hablar de que es una ley que estamos analizando para saber cómo la vamos a atender y si son necesarios cambios en ese u otros temas. Yo creo que toda ley es perfectible y nosotros trataremos de que se mejore.”
La propuesta de Peña Nieto también indica que cuando se quiera hacer una entrevista, además del permiso por escrito, se requiere la opinión del niño o adolescente, que el tutor informe al menor sobre el uso que tendrá el material y que —en caso de que éste no se transmita en vivo— el medio de comunicación les consulte si hace falta alguna edición para evitar violaciones a la intimidad.
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