La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el uso exclusivo o preferente del idioma español en las concesiones de radiodifusión es inconstitucional, pues en la Constitución no se reconoce una sola lengua “nacional”.
Gracias a este argumento, los ministros concedieron un amparo al poeta Mardonio Carballo, indígena originario de Chicontepec, Veracruz.
El también periodista se inconformó contra el del artículo 230 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) que establece que las transmisiones de radio deben hacerse “en lengua nacional”, entendida ésta como el idioma español.
Dicho artículo no respeta la Constitución en el sentido de que el Estado debe facilitar las condiciones para que los pueblos y comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación.
En su argumento, Carballo consideró que dicho artículo restringe indebidamente el derecho de las personas indígenas a expresarse en su lengua originaria.
Fuente: Proceso
Sé parte de la conversación